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PROPIEDAD HORIZONTAL.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS VECINOS + CD-ROM
Sergio Vázquez Barros
Edición 2.010
652 páginas
Precio C/IVA: 69,00 .- Euros.
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Ley 49/1960,
de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal; reformada por Ley 8/1999, de
6 de abril y posteriores modifi caciones: Ley 51/2003, de 2 de diciembre
y Ley 19/2009, de 23 de noviembre.
El largo período de vigencia de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre
Propiedad Horizontal ha demostrado la gran utilidad de ésta en muy
diversos ámbitos: en la regulación de las relaciones entre
los copropietarios sometidos a su régimen en el fomento de la construcción,
y en el urbanismo. Tanto la Ley 2/1988, de 23 de febrero, como la Ley 3/1990,
de 21 de junio, signifi caron un gran avance en el acercamiento de aquélla
a la realidad social. Sin embargo, transcurrido el tiempo, han surgido nuevas
aspiraciones de la sociedad en materia de regulación de la Propiedad
Horizontal.
Se considera así hoy en día que la regla de la unanimidad es
en exceso rigurosa,en cuanto obstaculiza la realización de determinadas
actuaciones que son convenientes para la comunidad de propietarios e incluso,
por razones medioambientales o de otra índole, para el resto de la
colectividad.
Se ha considerado así conveniente flexibilizar el régimen de
mayorías para el establecimiento de determinados servicios (porterías,
ascensores, supresión de barreras arquitectónicas que difi
culten la movilidad de personas con minusvalía, servicios de telecomunicación,
aprovechamiento de energía solar, etcétera).
Otra de las grandes demandas de la sociedad es lograr que las Comunidades
de Propietarios puedan legítimamente cobrar lo que les adeudan los
copropietarios integrantes de la misma. Lo que se viene denominando lucha
contra la morosidad, se pretende combatir con esta reforma a través
de una pluralidad de medidas dirigidas a tal fin: creación de un fondo
de reserva, publicidad en el instrumento público de la transmisión
de las cantidades adeudadas por los propietarios, afección real del
inmueble transmitido al pago de los gastos generales correspondientes a la
anualidad en la cual tenga lugar la adquisición y al año inmediatamente
anterior, responsabilidad solidaria del transmitente que no comunique el
cambio de titularidad, atribución de carácter ejecutivo a los
acuerdos formalizados en acta de la junta de propietarios, establecimiento
de un procedimiento ágil y eficaz de ejecución judicial para
el cobro de las deudas con la Comunidad, etc.
INDICE
PRIMERA PARTE
Comentario individualizado de cada artículo
Especial tratamiento al art. 396 CC
Juicio Monitorio (Reforma Ley 13/2009, 3 noviembre)
Bibliografía
Segunda parte
Legislación básica
Legislación complementaria
Formularios extrajudiciales (en soporte CD)
Formularios judiciales (en soporte CD)
Doctrina jurisprudencia (CD)