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PRESTACIONES ECONÓMICAS
COMO CONSECUENCIA DE LA RUPTURA DE LAS PAREJAS NO CASADAS
David López Jiménez
Edición 2.007
422 páginas
Precio C/IVA: 62,00 .- Euros.
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El progresivo
incremento de las personas que deciden unirse mediante el fenómeno
de las uniones no matrimoniales constituye una constante en todas las capas
sociales y ámbitos geográficos. Durante la vigencia de la relación
de pareja, por lo general no existirán discrepancias de carácter
económico entre sus miembros, si bien en el momento de la ruptura
serán, por el contrario, muy frecuentes. En este sentido, una de las
cuestiones que más interés suscita entre los que fueron integrantes
de la misma son las posibles pensiones y/o compensaciones que se tendrán
que abonar por parte de uno de los convivientes al otro.
Lo habitual entre los compañeros es la ausencia de pactos que disciplinen,
entre otras materias, las consecuencias económicas derivadas de la
ruptura. Sin embargo, es la solución idónea, por sus inestimables
ventajas, para regular las eventuales pensiones y/o compensaciones; no obstante,
tales acuerdos deberán cumplir ciertos presupuestos, a los que hacemos
alusión en la presente obra.
La problemática de las prestaciones económicas consecuencia
de la ruptura de las parejas no casadas se encuentra caracterizada, entre
otras, por dos grandes particularidades. Por un lado, una notable diversidad
de criterios de resolución establecidos tanto a nivel estatal -por
vía jurisprudencial- como autonómico -por las diferentes Leyes
de pareja-. Criterios que, en todo caso, en el presente estudio se examinan
en su totalidad y de manera exhaustiva. Por otro, la importante inseguridad
jurídica y confusión, si bien el autor acomete la encomiable
tarea de clarificación conceptual y jurídica en un ámbito
tan necesitado de las mismas.
En definitiva, la monografía que el lector tiene ante sí constituye
una obra de ineludible referencia pues resulta un extraordinario y riguroso
examen, completo e independiente, de todos los instrumentos jurídicos
que, tanto a nivel estatal como autonómico, existen para poder fundamentar
la reclamación de pensiones y compensaciones consecuencia de la ruptura
de la pareja no casada, analizando, para ello, toda la legislación
-estatal y autonómica-, jurisprudencia y doctrina existentes al respecto.