PACTOS SUCESORIOS. DEL PORQUE DE SU PROHIBICION Y SU APLICACION EN LA PRACTICA

Cerdá Gimeno, José

Edición 2.009              530 páginas
Precio C/IVA:  69,90 .- 
Euros.


Base de partida de esta obra es el atento examen y análisis de toda la evolución histórica de los pactos sucesorios, evolución que se inicia en los textos clásicos romanos, pasando luego por los derechos medievales y por el llamado Derecho intermedio (´ius commune´), llegando al siglo XIX considerado desde siempre como la época de la Codificación civil.

En la búsqueda del hilo evolutivo de la tradicional prohibición de dichos pactos, el autor trata de encontrar el sentido originario de la misma: en primer lugar, procediendo a un análisis lógico-jurídico de las normas codificadas y plasmadas en el Código Civil, de una parte, y, de otra parte, en el análisis de la normatividad jurisprudencial; en segundo lugar, se examina la vertiente retórica y las distintas argumentaciones de los autores. El autor presenta una nueva luz en el tema esencial de los límites a la autonomía de la voluntad, y unos nuevos perfiles de investigación, postulando una reforma parcial del Código Civil.

Razona el autor en el Capítulo final acerca de la aplicación en la práctica de toda esta materia, siendo la prohibición de estos pactos sucesorios analizada en su incidencia sobre la empresa familiar y su relación con los patrimonios fiduciarios.



INDICE

PRÓLOGO
INTRODUCCIÓN


Capítulo primero
DEL PORQUÉ HISTÓRICO
Sección Primera
De los precedentes de la prohibición
Subsección Primera. De los precedentes remotos
. De los precedentes en Derecho Romano


I.Unas consideraciones introductorias


II.Argumentaciones doctrinales

1.Proposición doctrinal tópica.

2.Posición de la doctrina especializada romanista.


III.Enumeración de los pactos usualmente citados por la doctrina especializada.


- Instituciones de Gaio.


- Pauli Sententiae


- Código de Justiniano


- Digesto de Justiniano


- Instituciones de Justiniano


- Lex Romana Burgundionum


IV.Replanteamiento de la investigación

1.Ideas previas

2.Tipología postulada de «pactos sucesorios»

3.Relevancia de algunos supuestos de los textos clásicos


- pactos «de succedendo»


- pactos «de non succedendo»

4.Referencia a la eficacia e ineficacia (genéricamente consideradas) en el derecho romano

5.El denominado «derecho romano-vulgar» en relación con el tema de los «pactos sucesorios»


v.Unas reflexiones finales en torno al derecho romano y los pactos sucesorios


Subsección Segunda. De los precedentes mediatos
. De los precedentes en los Derechos Medievales


I.Unas consideraciones previas


II.El nacimiento de las «escuelas de derecho» en Italia

1.Descripción genérica

2.La «Escuela de Bolonia»

3.La Glosa

A)En general

B)Método

C)Textos seleccionados

PILIO DE LA MEDICINA

AZON

4.Los «Comentarios»

A)En general

B)Los autores

1.CINO DE SIGHIBULDI («DE PISTOIA»)

2.BARTOLO DE SASSOFERRATO

3.BALDO DE UBALDI

C)Los textos seleccionados

BARTOLO

D)La técnica argumentativa (tópica)

J.L. VILLAR PALASÍ

T. VIEHWEG

5.Las profesiones jurídicas

A)Perspectiva general

B)Perspectiva específica [la profesión notarial]


III.La elaboración doctrinal de los «brocardos»

1.Noción

2.Clases

3.Distinción de otras figuras jurídicas

4.Análisis crítico-doctrinal

5.La elaboración del brocardo «viventis non datur hereditas»


IV.La aplicación de las técnicas precedentes en la formación de los «dogmas» en la Ciencia del Derecho

1.Los glosadores y los «dogmata»

2.La reconstrucción de la formación de los «dogmas» [E. BUSSI]


V.Referencia a España y al Derecho Castellano en el Medievo

1.Proposición doctrinal generalizada (tópica)

2.Textos legislativos seleccionados
.
FUERO VIEJO DE CASTILLA

LAS PARTIDAS

LEYES DE TORO

3.Los comentaristas

JUAN LÓPEZ DE VIVERO [«a» DE PALACIOS RUBIOS]

ANTONIO GÓMEZ

GREGORIO LÓPEZ


VI.Legislaciones germánicas [Medievo]

1.Evolución en el medievo

2.Posición respecto del tema de la investigación


VII.Unas reflexiones finales

Subsección Tercera. De los precedentes próximos
. De los precedentes en el Derecho Intermedio


I.Unas consideraciones previas


II.De la configuración usual del llamado «ius commune»


III.Del denominado «Derecho Intermedio»


IV.De la evolución histórica de los «pactos sucesorios» en el Derecho Hispánico

1.Perspectiva genérica

2.Perspectiva hispánica

3.Los Comentaristas [«Consilia», «Responsa», «Tratatus»]

1)Delimitaciones previas

2)Supuestos específicos relacionados

3)Autores españoles seleccionados

4)Recuperación parcial

4.La aparición probable de la máxima «quod viventis nulla hereditas»


V.Relación de los autores [«Consiliatores», «Responsores», «Doctores», Tratadistas, Prácticos...] seleccionados del «Derecho Intermedio»


VI.El Siglo XVIII Español

1.Ideas previas

2.Los nuevos comentarios a las LEYES DE TORO

3.La figura de la mejora y los pactos sucesorios

4.El siglo XVIII desde la Valencia foral


VII. Unas reflexiones finales


Sección Segunda
De la Codificación civil
. De los precedentes en la época codificadora

I.Unas consideraciones previas


II.Panorámica general del siglo XIX


III.La perspectiva comparatista europea

1.Code Civil francés de 1804

2.Codice Civile italiano de 1865


IV.De la codificación civil en España

1.Ideas previas

2.El denominado «canon genético» de interpretación

3.El proyecto de Código Civil de 1851

4.La doctrina española en el siglo XIX

5.El anteproyecto de Código Civil de 1882

6.La Ley de Bases de 11 de mayo de 1888

7.El Código Civil de 1889


V.Apostillas sobre este concreto punto de nuestra codificación civil


VI.Unas reflexiones finales


Sección Tercera
(Del canon comparativo)


I.Unas consideraciones previas


II.El canon comparatista externo

- Code civil francés

-Codice civile italiano de 1942


III.El canon de la efectividad de la normativa analizada [Artículos 1271-2º y 816 del C.c.]

1.De la vigencia actual (fáctica) de la normativa analizada

2.Recapitulación personal


Sección Cuarta
(Del canon sistemático-teleológico)
. Del canon sistemático-teleológico

I.Posiciones doctrinales


II.Mi posición


III.Resultados de la interpretación


IV.Unas reflexiones finales



Capítulo Segundo
DEL PORQUÉ LÓGICO-JURÍDICO
Sección Primera
De la normativa codificada [Código Civil]


I.Unas consideraciones previas

1.En general

2.En especial


II.En torno a las «proposiciones jurídicas»

1.«Proposición jurídica» y tópica

2.Estado actual de la doctrina española en este punto (de «la prohibición de la sucesión contractual en el Código civil»)


III.De la ubicación en nuestro sistema normativo de la precitada «proposición jurídica» (la «prohibición de la sucesión contractual en el Código civil»)

1.Planteamiento general

1)De la ubicación de tal «proposición jurídica» precitada en nuestro sistema normativo

2)Del análisis semántico de dicha «proposición jurídica»

3)De la concreción de tal «proposición jurídica» en una norma específica del Código civil

2.De la normativa del Código civil analizada en esta investigación

3. De la necesidad de interpretación de las «proposiciones jurídicas normativas»


IV.De la interpretación de las «proposiciones jurídicas normativas», en general

1.Posiciones doctrinales

2.Los cánones de interpretación


V.De la interpretación de la normativa del Código civil (arts. 1271-2º, 816 y 658) prohibitiva de la sucesión contractual, en especial

1.Los diferentes cánones interpretativos de aplicación al tema objeto de investigación

2.El canon semántico (filológico, gramatical)


Posiciones doctrinales

3.El articulado seleccionado del Código civil

1)Del conjunto de artículos diversos concretos del Código Civil [737, 991, 1056, 1674-2º, 658, 816, 1271-2º] al que nuestros autores se refieren

2)Del articulado concreto del Código Civil al que esta investigación se contrae

3)De la problemática generada por los concretos artículos aquí investigados

a)Caracteres de las normas examinadas

b)Análisis semántico de la proposición jurídica normativa específica («Si S-C», o también «p-q»)

c)Análisis del contenido de la normativa referida


VI.Una recapitulación general


VII.Unas reflexiones finales



Sección Segunda
De la normatividad jurisprudencial


I.Unas consideraciones previas


II.De la actividad judicial, genéricamente considerada


III.De la normatividad en relación con la actividad judicial


IV.De la vinculación implicada en la actividad judicial

1.Precedente y jurisprudencia

2.Precedente y condicionantes

3.Precedente y alusiones (obiter dicta)

4.Precedente y ejemplo

5.Precedente y vinculación


V.De la argumentación discursiva en la actividad judicial

1.Punto de vista de la LÓGICA [A. HERNÁNDEZ GIL]

2.Punto de vista de la TÓPICA

3.Punto de vista de la racionalidad jurídica


VI.De la determinación y de la aplicabilidad -o no- de las sentencias dictadas por el T.S. sobre la sucesión contractual


VII.Unas reflexiones finales



Capítulo Tercero
DEL PORQUÉ ARGUMENTATIVO
Sección Primera
De la tópica y de la argumentación retórica


I.Unas consideraciones previas

1.En general

2.En especial, de la legitimidad de la normativa analizada [Arts. 1271-2º y 816 del C.c.] en la investigación

3.De la dogmática de la valoración de la normativa referida

4.De las consecuencias tradicionales derivadas de unas u otras de las valoraciones presentadas


II.De la conveniencia de una revisión de las valoraciones usuales acerca de la normativa analizada

.
De los perfiles acerca de la propugnada «re-visión»


Sección Segunda
De los límites a la autonomía de la voluntad


I.«De la reconducción del tema de investigación [«La prohibición de la sucesión contractual»] a un punto esencial


II.La configuración de los límites tradicionales citados [orden público-buenas costumbres] y su diferenciación -o no- en nuestro derecho

a)Buenas costumbres

b)Orden público


III.De la ubicación de ambos límites [buenas costumbres-orden público] dentro del ordenamiento jurídico español


IV.Reflexiones finales en torno a la delimitación de ambos límites precitados


V.Recapitulación general


VI.Unas reflexiones finales



Capítulo Cuarto
DE LA DIMENSIÓN FUNCIONAL
. Del funcionamiento de la prohibición en la práctica
Sección Única
De la aplicación de la prohibición en la práctica a la empresa familiar


I.Unas consideraciones preliminares


II.El perfil o ámbito jurídico-privado


III.Relación entre las figuras aquí propuestas

1.Los significados de la proposición implícita en el título de esta Ponencia

2.El punto de vista semántico

3.El punto de vista dogmático es analizado en el epígrafe V que subsigue


IV.El tema de la transmisión mortis causa de la empresa

1.El tema de la transmisión [en especial, la mortis causa] de la empresa

2.Un problema recurrente a la conservación de la empresa y la sucesión «mortis causa» de la empresa mercantil

3.El tema específico de la transmisión sucesoria de la «empresa familiar» y su articulación mediante las vías más convenientes en Derecho [en especial, las vías de la «fiducia sucesoria» y de la «sucesión contractual»]


V.Situación actual de las categorías (figuras) jurídicas precitadas desde la perspectiva dogmático-jurídica

a)Las categorías jurídicas utilizadas [genéricamente hablando]

1.El tema de la empresa familiar

2.El tema de la fiducia sucesoria

3.El tema de la sucesión contractual

b)En especial: la actividad de «arbitración» del cónyuge


VI.Transmisión mortis causa de la empresa y las vías adecuadas en derecho

1.La vía capitular

2.La vía testamentaria

3.La vía contractual

4.La vía unilateral


VII.Una perspectiva realista (no dogmática)

1.Respecto de la «fiducia sucesoria»

2.Respecto de la «Sucesión contractual»

3.Respecto de la «empresa familiar»


VIII.Recapitulación final


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