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GARANTIAS EN LA PRACTICA
DE LAS NOTIFICACIONES ADMINISTRATIVAS
Diego Díez, L. A.
Edición 2.008
216 páginas
Precio C/IVA: 34,32 .- Euros.
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La notificación
es un "instrumento capital" del derecho de defensa (STC 55/2003). Su finalidad
primordial es lograr que el acto administrativo sea conocido por el interesado
para que pueda aquietarse o reaccionar contra el mismo con todas las garantías.
Por ello, la Administración tiene la responsabilidad de realizar las
notificaciones con una especial dosis de escrupulosidad, celo y respeto de
las normas que regulan los actos de comunicación; y tiene también
la carga de acreditar la realidad y regularidad de las notificaciones. La
eficacia del acto administrativo dependerá de que se comunique al
interesado con arreglo a Derecho. Va de suyo, pues, la vital importancia
que, tanto para la Administración como para los administrados, tiene
el conocimiento y manejo de las claves que regulan todo lo relativo a esta
materia. En esta obra se examinan con minuciosidad los requisitos y garantías
que han de cumplirse en la práctica de las notificaciones administrativas,
con especial énfasis en la jurisprudencia elaborada en torno a este
tema. Es una obra eminentemente práctica, dirigida a todos los profesionales
del Derecho (abogados, jueces y demás operadores jurídicos)
que demandan soluciones a los casos reales con los que han de enfrentarse.
No en vano, el presente trabajo está salpicado de una amplia y variada
jurisprudencia que resuelve la compleja problemática que diariamente
se plantea ante los tribunales.
Sumario
Presentación Abreviaturas CAPÍTULO I La importancia constitucional
de las notificaciones 1. INSTRUMENTO DEL DERECHO DE DEFENSA 2. GARANTÍA
DE LOS ADMINISTRADOS VERSUS EFICACIA DE LA ADMINISTRACIÓN CAPÍTULO
II Sujetos de las notificaciones 1. ÓRGANO QUE HA DE REALIZAR LA NOTIFICACIÓN
2. DESTINATARIO DE LA NOTIFICACIÓN 3. RECEPTOR DE LA NOTIFICACIÓN
CAPÍTULO III Elementos objetivos de las notificaciones 1. ACTOS OBJETO
DE NOTIFICACIÓN 14 Garantías en la práctica de las notificaciones
administrativas 2. TIEMPO: LA NOTIFICACIÓN HA DE SER CURSADA EN EL
PLAZO DE 10 DÍAS 3. CONTENIDO DE LA NOTIFICACIÓN 4. LENGUA
DE LA NOTIFICACIÓN CAPÍTULO IV Notificaciones defectuosas 1.
TRES CUESTIONES BÁSICAS 2. LOS DEFECTOS DE CONTENIDO 3. LA INTERVENCIÓN
DE LETRADO EN SEDE ADMINISTRATIVA NO EXCUSA LOS ERRORES DE LA ADMINISTRACIÓN
4. EFECTOS DE LAS NOTIFICACIONES DEFECTUOSAS O DE LA FALTA DE NOTIFICACIÓN
5. SUBSANACIÓN DE LAS NOTIFICACIONES DEFECTUOSAS CAPÍTULO V
Notificación personal 1. PRIORIDAD DE LA NOTIFICACIÓN PERSONAL
2. MEDIOS DE NOTIFICACIÓN PERSONAL 3. LUGAR DONDE PRACTICAR LA NOTIFICACIÓN
PERSONAL 4. NOTIFICACIÓN AL PROPIO INTERESADO O A SU REPRESENTANTE
5. NOTIFICACIÓN ENTREGADA A PERSONA DISTINTA DEL INTERESADO O SU REPRESENTANTE
6. NOTIFICACIONES A PERSONAS JURÍDICAS Y ORGANISMOS PÚBLICOS
7. NOTIFICACIONES RECHAZADAS 8. INTENTO DE NOTIFICACIÓN PRACTICADO
LEGALMENTE CAPÍTULO VI Notificación por edictos 1. NOTIFICACIÓN
DE CARÁCTER RESIDUAL 2. PRESUPUESTOS QUE HABILITAN SU UTILIZACIÓN
3. REQUISITOS DE LA NOTIFICACIÓN EDICTAL CAPÍTULO VII Publicación
de los actos administrativos 1. CASOS EN LOS QUE PROCEDE LA PUBLICACIÓN
2. REQUISITOS DE LA PUBLICACIÓN Bibliografía