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DERECHO PENAL DE MENORES
Incluye Cd-Rom con Formularios y el texto íntegro del Reglamento
María Rosario Ornosa Fernández
Edicion 2.007
734 paginas
Precio C/IVA: 118,98 .- Euros
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Comentarios
a la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad
penal de los menores, reformada por la Ley Orgánica 8/2006, de 4 de
diciembre y a su Reglamento, aprobado por Real Decreto 1774/2004, de 30 de
julio La obra tiene una parte general en la que se examinan los aspectos
más importantes de la justicia penal de menores, tales como su evolución
histórica, los principios básicos establecidos por la jurisprudencia
del Tribunal Constitucional o un análisis global de la Ley Orgánica
5/2000, de 12 de enero, Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores
y de todas sus modificaciones. A continuación, se efectúan
los comentarios de todo su articulado, en los que se analizan las cuestiones
polémicas y se añade la jurisprudencia más destacada
y actual. Además, incluye un esquema del procedimiento y formularios
del mismo con CD- Rom, así como el texto del Reglamento aprobado por
Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio. De esta forma, se facilita una visión
global del derecho penal de menores y al mismo tiempo el examen pormenorizado
de los temas más controvertidos. En esta cuarta edición se
han recogido y analizado todas las modificaciones introducidas en el texto
de la Ley 5/2000 por la Ley Orgánica 8/2006, de 4 de diciembre, que
han supuesto algo más que un simple retoque de la Ley ya que implican
una nueva concepción de la justicia penal de menores en nuestro país.
Sumario
Prólogo a la primera edición Introducción Abreviaturas
CAPÍTULO I. Cuestiones iniciales 1. Terminología: Niño,
Menor, Joven 2. Modelos de tratamiento de menores infractores 3. La cuestión
de la imputabilidad en los menores CAPÍTULO II. Evolución histórica
1. Ámbito Internacional A) Reglas mínimas de las Naciones Unidas
para la Administración de la Justicia a menores "Reglas de Beijing"
B) Recomendación núm. R (87) 20 del Comité de Ministros
del Consejo de Europa sobre reacciones sociales a la delincuencia juvenil
C) Convención sobre los Derechos del niño de 20 de noviembre
de 1989 D) Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los
menores privados de libertad E) Directrices de las Naciones Unidas para la
prevención de la delincuencia juvenil (Directrices de Riad) 2. Ámbito
Nacional A) La Ley Orgánica del Poder Judicial de 1 de julio de 1985
B) La Ley 21/1987, de 11 de noviembre C) Ley Orgánica 1/1996, de 15
de enero de Protección Jurídica del Menor D) La Sentencia del
Pleno del Tribunal Constitucional, 36/1991, de 14 de febrero E) Ley Orgánica
4/1992, de 5 de junio, reguladora de la competencia y el procedimiento en
los Juzgados de Menores F) El Código Penal de 1995 G) La nueva Ley
de Enjuiciamiento Civil H) La Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero,
reguladora de la responsabilidad penal de los menores I) Las reformas sufridas
por la LORRPM desde distintas leyes anteriores y posteriores a su entrada
en vigor J) El Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, que aprueba el Reglamento
de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad
penal de los menores K) La Ley Orgánica 8/2006, de 4 de diciembre,
por la que se modifica la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora
de la responsabilidad penal de los menores CAPÍTULO III. Características
del proceso penal de menores I. PRINCIPIOS BÁSICOS 1. El superior
interés del menor 2. Igualdad del menor ante la ley 3. Principio de
oportunidad 4. El principio de intervención mínima 5. Separación
entre menores infractores y menores protegidos II. NATURALEZA DEL PROCESO:
PENAL, ESPECIALIZADO, RÁPIDO Y COMPRENSIBLE III. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
QUE INFORMAN EL PROCESO PENAL DE MENORES. SENTENCIAS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
CAPÍTULO IV. Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora
de la responsabilidad penal de los menores, modificada por la Ley Orgánica
8/2006, de 4 de diciembre I. LA LEY ORGÁNICA 5/2000, DE 12 DE ENERO,
REGULADO-RA DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS MENORES. VALORACIÓN
GLOBAL 1. Aspectos positivos 2. Aspectos negativos II. LA LEY ORGÁNICA
8/2006, DE 4 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY ORGÁNICA
5/2000, DE 12 DE ENERO III. COMENTARIOS A LA LEY ORGÁNICA 5/2000,
REGULADO-RA DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS MENORES, MODIFICADA POR LA
LEY ORGÁNICA 8/2006, DE 4 DE DI-CIEMBRE La Exposición de Motivos
TÍTULO PRELIMINAR Artículo 1. Declaración general TÍTULO
I. DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY Artículo 2. Competencia
de los Jueces de Menores Artículo 3. Régimen de los menores
de catorce años Artículo 4. Derechos de las víctimas
y de los perjudicados Artículo 5. Bases de la responsabilidad de los
menores Artículo 6. De la intervención del Ministerio Fiscal
TÍTULO II. DE LAS MEDIDAS Artículo 7. Definición de
las medidas susceptibles de ser impuestas a los menores y reglas generales
de determinación de las mismas Artículo 8. Principio acusatorio
Artículo 9. Régimen general de aplicación y duración
de las medidas Artículo 10. Reglas especiales de aplicación
y duración de las medidas Artículo 11. Pluralidad de infracciones
Artículo 12. Procedimiento de aplicación de medidas en su-puestos
de pluralidad de infracciones Artículo 13. Modificación de
la medida impuesta Artículo 14. Mayoría de edad del condenado
Artículo 15. De la prescripción TÍTULO III. DE LA INSTRUCCIÓN
DEL PROCEDIMIENTO CAPÍTULO I. Reglas generales Artículo 16.
Incoación del expediente Artículo 17. Detención de los
menores Artículo 18. Desistimiento de la incoación del expediente
por corrección en el ámbito educativo y familiar Artículo
19. Sobreseimiento del expediente por conciliación o reparación
entre el menor y la víctima Artículo 20. Unidad de expediente
Artículo 21. Remisión al órgano competente Artículo
22. De la incoación del expediente Artículo 23. Actuación
instructora del Ministerio Fiscal Artículo 24. Secreto del expediente
Artículo 25. De la acusación particular Artículo 26.
Diligencias propuestas por las partes Artículo 27. Informe del equipo
técnico CAPÍTULO II. De las medidas cautelares Artículo
28. Reglas generales Artículo 29. Medidas cautelares en los casos
de exención de la responsabilidad CAPÍTULO III. De la conclusión
de la instrucción Artículo 30. Remisión del expediente
al Juez de Menores TÍTULO IV. DE LA FASE DE AUDIENCIA Artículo
31. Apertura de la fase de audiencia Artículo 32. Sentencia de conformidad
Artículo 33. Otras decisiones del Juez de Menores Artículo
34. Pertinencia de pruebas y señalamiento de la audiencia Artículo
35. Asistentes y no publicidad de la audiencia Artículo 36. Conformidad
del menor Artículo 37. Celebración de la audiencia TÍTULO
V. DE LA SENTENCIA Artículo 38. Plazo para dictar sentencia Artículo
39. Contenido y registro de la sentencia Artículo 40. Suspensión
de la ejecución del fallo TÍTULO VI. DEL RÉGIMEN DE
RECURSOS Artículo 41. Recursos procedentes y tramitación Artículo
42. Recurso de casación para unificación de doctrina TÍTULO
VII. DE LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS CAPÍTULO I. Disposiciones
generales Artículo 43. Principio de legalidad Artículo 44.
Competencia judicial Artículo 45. Competencia administrativa CAPÍTULO
II. Reglas para la ejecución de las medidas Artículo 46. Liquidación
de la medida y traslado del menor a un centro Artículo 47. Refundición
de medidas impuestas Artículo 48. Expediente personal de la persona
sometida a la ejecución de una medida Artículo 49. Informes
sobre la ejecución Artículo 50. Quebrantamiento de la ejecución
Artículo 51. Sustitución de las medidas Artículo 52.
Presentación de recursos Artículo 53. Cumplimiento de la medida
CAPÍTULO III. Reglas especiales para la ejecución de las medidas
privativas de libertad Artículo 54. Centros para la ejecución
de las medidas privativas de libertad Artículo 55. Principio de resocialización
Artículo 56. Derechos de los menores internados Artículo 57.
Deberes de los menores internados Artículo 58. Información
y reclamaciones Artículo 59. Medidas de vigilancia y seguridad Artículo
60. Régimen disciplinario TÍTULO VIII. DE LA RESPONSABILIDAD
CIVIL Artículo 61. Reglas generales Artículo 62. Extensión
de la responsabilidad civil Artículo 63. Responsabilidad civil de
los aseguradores Artículo 64. Reglas del procedimiento DISPOSICIONES
ADICIONALES Primera. Aplicación en la jurisdicción militar
Segunda. Aplicación de medidas en casos de riesgo para la salud Tercera.
Registro de sentencias firmes dictadas en aplicación de lo dispuesto
en la presente Ley Cuarta. Aplicación a los delitos previstos en los
artículos 138, 139, 179, 180, 571 a 580 y aquellos otros sancionados
en el Código Penal con pena de prisión igual o superior a quince
años Quinta. Sexta. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Única. Régimen
transitorio DISPOSICIONES FINALES Primera. Derecho supletorio Segunda. Modificación
de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del Estatuto Orgánico
del Ministerio Fiscal Tercera. Reformas en materia de personal Cuarta. Especialización
de Jueces, Fiscales y Abogados Quinta. Cláusula derogatoria Sexta.
Naturaleza de la presente Ley Séptima. Entrada en vigor y desarrollo
reglamentario DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA 8/2006, DE 4 DE DICIEMBRE,
por la que se modifica la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de diciembre
DISPOSICIÓN ADICIONAL DISPOSICIÓN TRANSITORIA DISPOSICIÓN
DEROGATORIA DISPOSICIÓN FINAL ESQUEMA DEL PROCEDIMIENTO FORMULARIOS
I. FASE DE INSTRUCCIÓN 1. Incoación del expediente por el Ministerio
Fiscal (art. 16) 2. Oficio comunicando al menor y a sus representantes legales
la apertura de expediente (art. 16) 3. Auto del Juez de Menores acordando
el inicio de diligencias (art. 16.3) 4. Desistimiento de la incoación
del expediente por el Ministerio Fiscal (art. 18) 5. Decreto acordando la
no incoación de expediente por tener el menor menos de catorce años
(art. 3) 6. Declaración del menor ante el Fiscal (art. 23) 7.A) Acta
de reparación o conciliación con la víctima (art. 19)
7.B) Decreto del Fiscal sobre la petición de sobreseimiento del expediente
al Juez por conciliación o reparación entre el menor y la víctima
(art. 19) 7.C) Auto del Juez de Menores acordando el sobreseimiento por conciliación
o reparación (art. 19.4) 8.A) Escrito del letrado del menor solicitando
la práctica de alguna diligencia de prueba (art. 26.1) 8.B) Decreto
del Fiscal denegando la práctica de la prueba solicitada por el letrado
del menor o por el perjudicado 8.C) Reproducción por el letrado ante
el Juez de Menores de la petición de la diligencia de prueba denegada
por el Ministerio Fiscal (art. 26.1) 8.D) Auto del Juez relativo a la práctica
de una diligencia de prueba solicitada por el letrado del menor y denegada
por el Fiscal (art. 26.1) 9.A) Escrito del letrado del menor solicitando
al Fiscal la práctica de una diligencia de prueba restrictiva de derechos
funda-mentales (art. 26.3) (PIEZA SEPARADA) 9.B) Solicitud del Fiscal al
Juez de Menores de la práctica de una prueba que afecta a derechos
fundamentales (art. 23.3 y 26.3) 9.C) Auto del Juez de Menores sobre la práctica
de una prueba restrictiva de derechos fundamentales (arts. 23.3 y 26.3) 10.A)
Solicitud del Fiscal al Juez de Menores para que acuerde el secreto del expediente
(art. 24) (PIEZA SEPARADA) 10.B) Auto del Juez de Menores acordando el secreto
del expediente 11.A) Escrito de personación del perjudicado como acusador
particular ante el Juez de Menores (art. 25) 11.B) Auto del Juez de Menores
resolviendo sobre la personación (art. 25) 11.C) Escrito del acusador
particular solicitando al Fiscal la práctica de alguna diligencia
de prueba (art. 25) 12.A) Solicitud del Fiscal al equipo técnico para
que elabore un in-forme sobre el menor (art. 27) 12.B) Informe elaborado
por el equipo técnico (con inclusión de los tres tipos de propuestas
que puede contener) 12.C) Informe de la entidad pública de reforma
13.A) Solicitud del Fiscal al Juez de Menores de una medida cautelar de internamiento
en centro cerrado (art. 28) (PIEZA SE-PARADA) 13.B) Acta de comparecencia
para decidir sobre la medida cautelar solicitada (art. 28.2) 13.C) Auto acordando
la medida cautelar (art. 28) 13.D) Recurso del letrado contra el Auto acordando
la medida cautelar (art. 28 y 41.3) 13.E) Auto de la Audiencia Provincial
resolviendo el recurso 13.F) Prórroga de la medida cautelar (art.
28.3) 13.G) Auto acordando la puesta en libertad del menor una vez so-licitada
la prórroga de la medida cautelar (art. 28.3) II. CONCLUSIÓN
DE LA INSTRUCCIÓN 14. Escrito de alegaciones del Ministerio Fiscal
(art. 30) III. FASE DE AUDIENCIA 15. Auto de apertura de la fase de audiencia
(art. 31) 16.A) Escrito del letrado del menor alegando ante el Juez de Menores
la prescripción de lo actuado (art. 15) 16.B) Auto del Juez de Menores
acordando la prescripción (art. 15) 17.A) Escrito de alegaciones del
letrado del menor con oposición (art. 31) 17.B) Escrito de alegaciones
del letrado del menor con conformidad (art. 32) 17.C) Escrito de alegaciones
del acusador particular (art. 25) 18.A) Auto de sobreseimiento del Juez de
Menores [art. 33.b)] 18.B) Auto de sobreseimiento con remisión de
particulares a la entidad pública de protección, a instancias
del Fiscal [art. 33.c) y 30.4] 18.C) Auto del Juez de Menores acordando la
inhibición a favor de otro Juez de Menores competente para conocer
del asunto [art. 33.d)] 18.D) Auto del Juez acordando respecto de la práctica
de una prueba solicitada por el letrado del menor y denegada por el Fiscal
[art. 33.e)] 18.E) Auto acordando la celebración de la audiencia [art.
33.a)] 19.A) Acta de audiencia con oposición (art. 37) 19.B) Acta
de audiencia de conformidad (art. 36) 20. Sentencia en la que se incluyen
diferentes tipos de decisiones (arts. 38 y 39) 21.A) Escrito del letrado
del menor interponiendo recurso de apelación contra la sentencia (art.
41.1) 21.B) Escrito del acusador particular interponiendo recurso de apelación
contra la sentencia dictada (arts. 25 y 41.1) 21.C) Escrito del Ministerio
Fiscal interponiendo el recurso de apelación (art. 41.1) 22. Sentencia
de la Audiencia Provincial resolviendo el recurso de apelación (art.
41.1) 23.A) Auto de suspensión de la ejecución del fallo (art.
40) 23.B) Auto alzamiento suspensión del fallo (art. 40.3) IV. FASE
DE EJECUCIÓN. EXPEDIENTE DE EJECUCIÓN A CA-DA MENOR 24. Acta
de amonestación [art. 7.1.l)] 25. Informe inicial de la entidad pública
de reforma sobre los objetivos y contenido de la medida (art. 49) 26. Auto
del Juez de Menores aprobando el programa de ejecución de la medida
[arts. 44.2.c) y 46.1] 27.A) Informe de seguimiento de la entidad pública
de reforma sobre el desarrollo de la medida en medio abierto (art. 49) 27.B)
Informe de la entidad pública sobre el desarrollo de la medida en
un centro de internamiento (art. 49) 28. Auto acordando la remisión
de las actuaciones al Juez de Menores que ha dictado la primera sentencia
(art. 47) 29. Auto del Juez de Menores que dictó la primera sentencia
acordando la ejecución simultánea o sucesiva (art. 47) 30.A)
Escrito del letrado del menor proponiendo que se deje sin efecto la medida,
se sustituya por otra o se reduzca su duración (arts. 13 y 51.1) 30.B)
Auto del Juez de Menores acordando dejar sin efecto la medida, reducirla
o sustituirla por otra (arts. 13 y 51.1) 31. Auto autorizando cumplimiento
de la medida en centro socio-sanitario (art. 54.2) 32.A) Modelo de recurso
contra las sanciones que se impongan al menor durante la ejecución
de la medida de internamiento y su remisión al Juez (art. 60) 32.B)
Auto resolviendo sobre peticiones y quejas de los menores sancionados [art.
44.2.f) y 56.2.k)] 32.C) Auto resolviendo recursos del menor contra resoluciones
adoptadas en la ejecución (art. 52.1) 32.D) Auto resolviendo recursos
contra sanciones (art. 60.7) 33. Auto ratificando la medida de libertad vigilada
que completa a una de internamiento en régimen cerrado (art. 10.4)
34. Auto acordando el archivo de las actuaciones (art. 53.1) 35. Auto resolviendo
recurso de reforma (art. 41.2) V. PIEZA SEPARADA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
36. Auto acordando abrir la pieza separada de responsabilidad civil (art.
64.1.ª) 37.A) Escrito de personación en la pieza del perjudicado
(art. 64.2.ª) 37.B) Escrito de personación de la Compañía
aseguradora 38. Auto del Juez de Menores acordando el inicio del procedimiento
(art. 64.4.ª) VI. RÉGIMEN TRANSITORIO (establecido respecto de
la entrada en vigor de la Ley 5/2000, de 12 de enero) 39.A) Auto acordando
sustitución de una pena de dos años de prisión menor
o una pena de prisión superior a dos años por una medida (Disposición
Transitoria Única 3) 39.B) Auto acordando sustitución de una
pena inferior a dos años de prisión por una medida o dando
por cumplida la pena (Disposición Transitoria Única 4) 40.
Auto acordando el cese cumplimiento medidas menores de catorce años
(Disposición Transitoria 2) REAL DECRETO 1774/2004, DE 30 DE JULIO
Bibliografía